Thais Zhalem Flores Altamirano
La escuela debe ofrecer a las niñas y a los niños oportunidades formativas de calidad equivalente, independientemente de sus diferencias económicas, sociales y culturales.
Todas las niñas y los niños tienes posibilidades análogas de aprender y comparten pautas típicas de desarrollo, pero poseen características individuales.
Es particularmente importante recibir un servicio educativo de buena calidad y un trato sensible, pero no condescendiente, que estimule sus competencias y aliente a ellos un sentimiento de seguridad y de capacidad de logro.
Las culturas pueden estar asociadas con la pertenencia a un grupo étnico, pero pueden estar vinculadas a las formas de vida y trabajo.
El reconocimiento y el respeto a la diversidad cultural constituyen un principio de convivencia.
Para que este principio se realice plenamente, es necesario que los educadores desarrollen una mayor capacidad de entendimiento y de empatía hacia las formas culturales presentes en sus alumnos, que con frecuencia son distintas de aquellas en las que las maestras se han formado.
La educadora, la escuela y los padres o tutores deben contribuir a la integración de las niñas y los niños con necesidades educativas especiales a la escuela regular.
El artículo 41° de la Ley General de Educación, establece que la educación especial procurara atender a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social.
Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así también como a los maestros y demás personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación.
El concepto planteado en la Ley General de Educación implica tener presente que los niños y las niñas con discapacidades (intelectuales, sensoriales o motoras) pueden encontrar en la escuela un ambiente de aprendizaje que los ayude a desarrollar las capacidades que poseen.
La buena disposición de la educadora y de la escuela es esencial para atender a las niñas y a los niños con discapacidades, lo que implica un trabajo de apoyo con el grupo escolar, los padres o tutores y la escuela en su conjunto.
La buena disposición es esencial, sin embargo no es suficiente, se requiere que las escuelas desarrollen estrategias especificas y su personal reciba orientación, apoyo y capacitación, para un buen y mejor aprendizaje para el alumno y así vaya fortaleciéndose poco a poco y mejorando a lo largo de su vida.
La escuela como espacio de socialización y aprendizaje debe propiciar la igualdad de derechos entre niñas y niños.
En el proceso de construcción las niñas y los niños aprendan y asuman formas se ser, sentir y de actuar que son consideradas como femeninas y masculinas en una sociedad.
La equidad de género significa que todas las personas tienen los mismos derechos de desarrollar sus potencialidades y capacidades y acceder por igual a las oportunidades de participación en los distintos ámbitos de la vida social, sin importar las diferencias biológica (ser hombre o mujer).
El principio de equidad se concreta cuando las prácticas educativas promueven su participación equitativa en todo tipo de actividades.
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